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¿Qué es el impuesto hipotecario?

Publicado por Makasa on 10/12/2018
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Conoce los aspectos básicos de este impuesto y sus implicaciones legales

El impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, últimamente popularizado como “impuesto de las hipotecas”, es aquel que grava la formalización de actos jurídicos reflejados en documentos notariales, mercantiles o administrativos, como puede ser el supuesto de la formalización de una hipoteca.

Recientemente, este tributo ha sido protagonista de la actualidad judicial de nuestro país, debido a que se ha cuestionado el sujeto pasivo del mismo. Pues bien, vamos a tratar de desenredar esta maraña legal.

Hasta ahora, y durante más de 20 años, el cliente que solicitaba un préstamo al banco tenía que hacer frente a gastos derivados de tasación, notaría o registro, entre otros.

Asimismo, tenía que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (recientemente conocido como “impuesto hipotecario”), el cual suponía un importe considerable

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Inesperado cambio jurisprudencial

Sin embargo, los tribunales rompieron con esta jurisprudencia el pasado 16 de octubre, al considerar que tendrían que ser los bancos, y no los clientes, los obligados al pago de este tributo.

Esta decisión lo cambiaba todo y surgieron preguntas del tipo: ¿Puede reclamar el cliente, que ya tuviese hipoteca, la devolución del impuesto que pagó en su momento?

Ante la nueva situación, nadie ha podido ofrecer una respuesta que ofreciese seguridad.

Numerosos expertos afirmaron que, por un lado, este nuevo criterio jurisprudencial sería de aplicación para la firma de nuevas hipotecas; por otro, que el cliente podría reclamar los impuestos pagados en los últimos 4 años, en el caso de hipotecadas ya firmadas.

Nuevo escenario y realidad jurídica

Pero apenas tres semanas ha durado este nuevo escenario legal, ya que el Tribunal Supremo ha vuelto a establecer que el pago del referido impuesto corresponde a los clientes en su sentencia de 6 de noviembre, revocando su propia doctrina.

Como es obvio, esta decisión no ha estado exenta de polémica y confusión. Por ello, el propio Gobierno aprobó, con fecha 8 de noviembre, un Real Decreto que contradecía la decisión judicial y establecía a las entidades financieras como sujeto pasivo del impuesto en cuestión.

El mencionado Real Decreto entró en vigor el sábado 10 de noviembre de 2018, aplicándose a todos los préstamos firmados a partir de tal fecha.

gestiones jurídicas

Sin embargo, algunos expertos han manifestado que los bancos repercutirán, de alguna forma, este impuesto al cliente, algo que el ejecutivo ha rechazado por completo y garantizado que impedirá.

Del mismo modo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se ha pronunciado en el mismo sentido.

Mientras tanto, en el Congreso, se trabaja en la revisión de la Ley Hipotecaria. Parece haber acuerdo en que los gastos de gestoría, notaría y registro sean pagados por las entidades y los de tasación por el cliente.

Por lo que ahora, más que nunca, es necesario contar con asesoramiento especializado. En Makasa, encontrarás profesionales que te brindarán asesoramiento y resolverán tus dudas sobre qué opción hipotecaria se adapta mejor a ti.

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